Caso de desacuerdo y alegarse cuestiones procesales
AL JUZGADO
Esta parte manifiesta que no ha llegado a ningún acuerdo en los autos NUMERO seguidos ante ese TRIBUNAL, con la contraria ni cree posible alcanzarlo, alegando (defectos del art. 416):
1*. Falta de capacidad de los litigantes o de representación en sus diversas clases
2*. Cosa juzgada o litispendencia
3*. Falta del debido litisconsorcio
4*. Inadecuación del procedimiento (véanse los escritos C2094 y C2095)
5*. Defecto legal en el modo de proponer la deman-da o en su caso la reconvención, por falta de claridad o precisión en la determinación de las partes o de la petición que se deduzca.
LUGAR A DD/MM/AA
FIRMAS DE LETRADO Y PROCURADOR