Caso de desacuerdo y alegarse cuestiones procesales

 

AL JUZGADO

Esta parte manifiesta que no ha llegado a ningún acuerdo en los autos NUMERO seguidos ante ese TRIBUNAL, con la contraria ni cree posible alcanzarlo, alegando (defectos del art. 416):

1*. Falta de capacidad de los litigantes o de representación en sus diversas clases

2*. Cosa juzgada o litispendencia

3*. Falta del debido litisconsorcio

4*. Inadecuación del procedimiento (véanse los escritos C2094 y C2095)

5*. Defecto legal en el modo de proponer la deman-da o en su caso la reconvención, por falta de claridad o precisión en la determinación de las partes o de la petición que se deduzca.

 

LUGAR A DD/MM/AA

FIRMAS DE LETRADO Y PROCURADOR