Demanda de desahucio por falta de pago,
precedido de requerimiento notarial o intento de conciliacisn
AL JUZGADO
DON... , Procurador de los
Tribunales, en nombre y representacisn de CLIENTE, arrendador de la
vivienda que despuis se mencionara, segzn acredito con copia del poder que
acompaqo, con el ruego de que se me devuelva, previo su testimonio en autos,
por requerirlo para otros usos, ante el Juzgado comparezco y, como mejor
proceda en derecho, DIGO:
Que en la representacisn que ostento
formulo DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO VERBAL DE DESAHUCIO por falta de
pago de las rentas, contra CONTRARIO, arrendatario del piso, mayor de
edad, de estado civil ..., de profesisn ..., de esta vecindad, con domicilio en
DOMICILIO, a fin de que, previos los tramites legales correspondientes,
se dicte sentencia declarando haber lugar al desahucio, en base a los
siguientes
HECHOS
PRIMERO.-
Mi
mandante es propietario del piso (o local) sito en ... segzn consta en la copia
de la escritura de fecha ... otorgada ente el Notario Don ... que se adjunta
como documento n: 1.
SEGUNDO.- En fecha ...
mi principal celebrs contrato de arrendamiento de este piso con CONTRARIO,
pactando una renta mensual de ... pts. (documento n: 2).
TERCERO.-
El
demandado ha dejado de pagar las rentas correspondientes a los meses de ..., a
pesar de que por esta parte se le pasaron al cobro, ascendiendo su importe a
... Como acreditativo se adjuntan los recibos, como documentos 3, 4, 5 y 6 de
la presente demanda (o el extracto de la cuenta bancaria donde se venman
realizando los ingresos, designandose a efectos de prueba los archivos del
banco).
CUARTO.-
En
fecha ... mi mandante formuls un requerimiento notarial (mas de 4 meses de
antelacisn a la presentacisn de la demanda, conforme al art. 22.4 in fine),
dirigido al CONTRARIO en el que le instaba al pago de las cantidades
debidas, apercibiindole, en su defecto, de desahucio y de que no podrma
enervarlo. A efectos de prueba aportamos como documento n: ... Acta de
Requerimiento otorgada ante el Notario de ... Don ..., designando a los mismos
efectos los libros y protocolo de la citada Notarma.
(o
"mi mandante promovis acto de conciliacisn, para que reconociera las
cantidades debidas, apercibiindole, en defecto de pago, de desahucio y de que
no podrma enervarlo. El acto tuvo lugar en el Juzgado n: ___ de esta ciudad y
el arrendatario no comparecis. Se aporta a efectos de prueba copia de la
papeleta de demanda y testimonio del acto, como documentos nzmeros ___,
designando a los mismos efectos los libros del Juzgado).
CUANTMA DE ESTA DEMANDA.- Conforme a los arts
251 a 253 ...
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.- El
art. 439.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, exige para la admisisn de la
demanda de desahucio de finca urbana por falta de pago de las rentas o
cantidades debidas por el arrendatario, que el arrendador indique las
circunstancias concurrentes que puedan permitir o no, en el caso concreto, la
enervacisn del desahucio.
II.
ACCIONES QUE SE EJERCITAR.- La del artmculo 27.2 a) de la Ley de Arrendamientos
Urbanos: la de resolucisn del arrendamiento por falta de pago de la renta.
III.
COMPETENCIA.-Conforme al art. 52.1.7: de la Ley de Enjuiciamiento Civil , el
conocimiento de esta demanda corresponde a los Juzgados de esta ciudad, por ser
el lugar en que se halla la finca.
IV.
PROCEDIMIENTO.-El artmculo 250.1.1: de la LEC, que establece que se sustanciara
por los tramites del juicio verbal, regulado en los arts. 437 y ss. de la Ley
de Enjuiciamiento civil.
V.
LEGITIMACISN.-Las partes estan legitimadas activa y pasivamente, el demandante
por ser el arrendador y, el demandado por ser el arrendatario de la finca
objeto de la presente.
VI.
CUANTMA DEL PROCEDIMIENTO.-Se fija en la suma de ___ ptas, importe de las
rentas vencidas a la presentacisn de la demanda.
VII.
NO ENERVACISN DE LA ACCISN.- De acuerdo con el art. 22.4 in fine de la LEC, no
serma posible la enervacisn, por haber tenido lugar las circunstancias
mencionadas en el hecho cuarto.
* Art. 22.4 LEC: " Los procesos
de desahucio de finca urbana por falta de pago de las rentas o cantidades
debidas por el arrendatario terminaran si, antes de la celebracisn de la vista,
el arrendatario paga al actor o pone a su disposicisn en el tribunal o
notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las
que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio.
Lo dispuesto en el parrafo anterior
no sera de aplicacisn cuando el arrendatario hubiera enervado el desahucio en
una ocasisn anterior, ni cuando el arrendador hubiese requerido de pago al
arrendatario, por cualquier medio fehaciente, con al menos cuatro meses de
antelacisn a la presentacisn de la demanda y el pago no se hubiese efectuado al
tiempo de dicha presentacisn."
VIII.
COSTAS.-Seran impuestas al demandado, en base a los artmculos 394.1 de la Ley
de Enjuiciamiento civil, al ser sus pretensiones totalmente rechazadas.
Por
todo ello,
SUPLICO
AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito y documentos acompaqantes y
sus copias, los admita, y a mm por parte en la representacisn indicada, tenga
por promovido JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO de la renta y
el pago de las mismas, contra Don ___, se acuerde el traslado de las copias,
seqalandose dma y hora para la celebracisn del juicio, con citacisn del
demandado en el domicilio expresado, en la forma y plazo legalmente
establecido, apercibiindole que en caso de no asistir a la celebracisn de la
vista, se le declarara en rebeldma, y, en su momento, se dicte sentencia
declarando haber lugar a la resolucisn del contrato por falta de pago y
consecuentemente decrete el desahucio del demandado, apercibiindole de
lanzamiento, sin que le sea permitido enervar la accisn ejercitada, con
imposicisn de todas las costas causadas.
En LUGAR A DD/MM/AA
FIRMAS