Solicitud de embargo sin requerimiento previo
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OTROSI DIGO: Que al no
haber podido realizar el previo requerimiento de pago al no encontrarse el
ejecutado en el domicilio que consta en el título ejecutivo que a la demanda se
acompaña, y temiendo que pueda enajenar o hacer desaparecer los bienes en
perjuicio del ejecutante, sin perjuicio de intentar nuevo requerimiento
conforme con lo dispuesto por la Ley de Enjuiciamiento Civil para los actos de
comunicación mediante entrega de la resolución de cédula, y en su caso, para la
comunicación edictal, al amparo de lo dispuesto en el artículo 582 párrafo
segundo de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
SUPLICO AL JUZGADO: se digne acordar la práctica del embargo de los bienes del ejecutado en cantidad suficiente para cubrir las cantidades que se demandan, sin perjuicio de nuevo requerimiento de pago.
Por ser Justicia que pido en lugar a dd de mm de aa